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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) denunciará las páginas de Internet de entidades públicas que no sean accesibles para personas con discapacidad, en el grado que exige la legislación vigente.

Desde el pasado día 1 de enero de 2009, todas las páginas de Internet de entidades pertenecientes al sector público (estatal, autonómico y local) deben ser accesibles de acuerdo con el grado medio de accesibilidad generalmente aceptado.

El incumplimiento de esta obligación de accesibilidad constituye una infracción de la Ley 49/2007, de 16 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, y puede ser sancionado con multas de hasta 90.000 euros.

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