Pensión no contributiva de invalidez
La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una PNC de Invalidez se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.
Prestaciones sociales y económicas de la LISMI
El sistema especial de prestaciones establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), desarrollado en el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, establece un conjunto de prestaciones económicas y técnicas, destinadas a la protección de las personas con discapacidad que por no desarrollar actividad laboral no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.
Pueden ser beneficiarios de estas prestaciones y, en concreto, del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) y de la Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica (ASPF) los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan una serie de requisitos. La gestión y reconocimiento del derecho a estas prestaciones se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.