Pienso que esta tesis puede ser interesante dado que expone la evolución teórica y concextual de la discapacidad. De cómo este concepto ha ido habriendose camino, dejando atrás tópicos y prejuicios própios de los inicios y donde que se hace una comparativa progresista.
Tesis de grado:La Construccion Discursiva de la Discapacidad: Un analisis de dos discursos.
Autor: Miguel Padawer
Marco teórico
Para el análisis del corpus se utilizarán conceptos y elementos del análisis del discurso, en tanto campo de investigación activo de la lingüística[10]. Esta perspectiva de análisis del discurso considera que un discurso no es "una realidad evidente, un objeto concreto ofrecido a la intuición, sino el resultado de una construcción"[11]. Como "las diversas esferas de la actividad humana están todas relacionadas con el uso de la lengua"[12], la emergencia del adjetivo discapacitado en las leyes argentinas de alcance nacional, como un intento de construir objetivamente la identidad social de ciertas personas asignándoles determinadas características. Los textos[13] legales utilizados como corpus serán analizados como parte de un género discursivo particular, en el que la discapacidad es tematizada a través de "tipos relativamente estables de enunciados"[14].
El estudio de las definiciones que del discapacitado da la ley entraña una importancia fundamental, puesto que esta construcción produce efectos de objetividad en su misma enunciación. La realidad así presentada se incorporaría a la práctica cotidiana como reconocimiento y designación del mundo de ciertas personas. Por otro lado, la "acentuación de la relación discursiva al interlocutor"[15] que instaura el texto legal limita un espacio que normaliza el desvío e intima a realizar acciones institucionales a través de sus formas de enunciación. El discapacitado es colocado así en las relaciones sociales mediante la definición de los rasgos que lo constituyen y diferencian de las personas normales.
Cuando se utilice el concepto de "discurso" se entenderá por tal "el enunciado considerado desde el punto de vista del mecanismo discursivo que lo condiciona"[16]. Es decir, se trata de una construcción en la que los enunciados corresponderán a tipologías, a "mecanismos transoracionales de un cierto grado de generalidad[17]. De esta manera, "un estudio lingüístico de las condiciones de producción de (un) texto hará de él un discurso"[18]. En tal sentido, en este trabajo se hablará de "discurso legal" o "normativo" para dar cuenta del uso de una categoría de persona, el discapacitado, en un contexto restringido, en un tipo de discurso.
Si se habla de "discurso social", es conveniente tomar también la definición de Marc Angenot. Según este autor, así se llama a "los sistemas genéricos, a los repertorios tópicos, a las reglas de encadenamiento de los enunciados que, en una sociedad dada, organizan lo decible –lo narrable y lo opinable- y aseguran la división del trabajo discursivo"[19].
Como el discurso no es una realidad evidente ni "una identidad cerrada sobre sus propias operaciones"[20], es imposible desconocer la relación de un discurso con los otros. Se analizará entonces la vinculación de los textos legales de la Argentina referidos a la discapacidad con enunciados provenientes del universo de la medicina y con la producción discursiva de un organismo político internacional (las Naciones Unidas).
Como señala Ducrot[21], "la verdad de la comunicación no implica una conformidad material de las manifestaciones originales con las que aparecen en el discurso del informador". Las leyes argentinas que tratan el tema de la discapacidad, redactadas tanto en gobiernos de facto como democráticos, parecieran retomar el discurso producido en el contexto enunciativo de las Naciones Unidas, cuyo texto fundador en el tema es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948. En este sentido, se sostendrá aquí la idea de una continuidad entre el discurso de los Derechos Humanos puesto en escena por la ONU y la legislación argentina en materia de discapacidad. De esta manera, el discurso normativo nacional en relación con el de la ONU no apuntaría "necesariamente a una reproducción literal, (aunque) nada impide por ejemplo que, para hacer conocer los puntos importantes de la manifestación original, ponga en escena una muy diferente pero que conserva o incluso acentúa lo esencial de aquélla"[22].
La importancia de analizar estos textos en tanto discursos constituyentes[23], radica en su reactualización por parte de distintos enunciadores para confirmar o no la pertenencia de algún individuo a la categoría de "discapacitado". En este caso, enunciadores privilegiados, como pueden ser los abogados, jueces, legisladores y funcionarios administrativos, recurren a estos discursos constituyentes "para estar en lo cierto" en el hecho de definir el status de ciertos individuos. Pero no sólo ellos, sino también personas que pueden no tener otro apoyo que un ethos[24] construido a través de estas figuras sociales y el conjunto de enunciados que sostienen su verdad, para confirmar y legitimar sus opiniones acerca del tema.
Los legisladores y los abogados, por ejemplo, se constituyen en especialistas y orientadores en el tema de la discapacidad, en tanto su producción discursiva es retomada e incorporada por posiciones de enunciación menos privilegiadas. Un periodista puede hablar "correctamente" sobre discapacidad, siempre y cuando incorpore las concepciones que subyacen a la definición de aquélla. A su vez, un individuo sin profesión puede apoyarse en el discurso del periodista para referirse al tema en términos adecuados. Por lo demás, "una de las características de los enunciados que pertenecen a los DC (discursos constituyentes) es estar a la vez más o menos cerrados sobre su organización interna y ser reinscribibles en otros discursos"[25]. La cita de estos textos legislativos sobre discapacidad no sólo respondería a la coerción normativa sino que realizaría una inscripción[26] que sitúa en un interdiscurso[27] la descripción de una realidad social. Es por eso que legisladores, funcionarios administrativos, políticos o miembros de instituciones relacionadas con la discapacidad, en tanto "discípulos" o "epígonos" de ese discurso, pueden reactualizar estos enunciados o reinscribirlos en contextos diferentes[28].
A su vez, se observará la inscripción del discurso de la medicina en la justificación y certificación que de la existencia de la discapacidad ofrecen estos textos normativos. Aquí se advierte el carácter constituyente de otro discurso, que también "confiere un status particular a sus enunciados, que son cargados de toda la autoridad adjudicada a su estatuto enunciativo"[29]. El posicionamiento de la figura del médico y su marco institucional, le otorga a estos textos un "garante"[30] para el ejercicio de una autoridad que se apoya en la práctica y el discurso científicos.
Por otro lado, siguiendo a Enrique Marí[31], se puede acordar que en estos discursos está operando una estructura de poder, en cuyo funcionamiento interviene una instancia[32]que contribuye a su reproducción siempre y cuando esta estructura social de poder sea concebida como un dispositivo. Esta instancia es la del discurso del orden, pensado como un "espacio de racionalidad"[33] en el que se emiten y legitiman los enunciados normativos y la justificación del sistema social se expresa como ciencia o teoría[34].
Para terminar con el marco conceptual en que se desarrollará este trabajo, no se puede dejar de mencionar la relación entre los procesos discursivos y los procesos ideológicos. Según una definición de Bernard Zarca, los hombres "son tomados en una red de significantes y se ven asignar una identidad social a la cual adhieren y por la cual tienen la ilusión de estar en el origen de aquello mismo que los ha constituido en sujetos"[35]. Como se advertirá en la primara parte del análisis, es la Ley, en tanto sujeto absoluto que incluye también la Razón científica, la que define lo que es una persona discapacitada. El individuo discapacitado podrá naturalizar su condición como origen del sentido de ser discapacitado, cuando hay una red, "hecha esencialmente de palabras"[36], que le asigna esa identidad social.
Una aclaración terminológica final. Este trabajo acarrea la dificultad de tener que nombrar su propio objeto, puesto que su designación es inestable en los tipos de discurso estudiados. A modo de simplificación se utilizará aquí el término discapacitado indistintamente para referirse a las personas que son objeto de estos discursos. Se evitará así la confusión de planos entre el discurso del analista y el tomado como objeto de estudio[37], a la vez que se facilitará la exposición de los rasgos cambiantes en el léxico de los enunciados que constituyen el corpus.
Fuente: http://www.integrando.org.ar/investigando/padawer4.htm